EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Los ciudadanos pueden, a través del derecho de acceso, obtener información pública que no se encuentre publicada en el Portal, entendiendo por tal, los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la Diputación y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones (artículo 13 de la LTAIPBG).
El derecho de acceso podrá ser limitado en los supuestos contemplados por la ley, entre otros, por motivos de seguridad pública, protección de datos de carácter personal u otros bienes jurídicamente protegidos (artículos 14 y 15 de la LTAIPBG).